En este artículo vamos a explicar las distintas alternativas que tiene el trabajador o trabajadora para denunciar infracciones laborales, como salarios y horas extras impagadas, jornada de trabajo convenida, falta de contrato, no dado de alta en Seguridad Social, etc.
A LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES (RLT) EN LA EMPRESA
AL BUZÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMUNICARLO A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
COMUNICARLO A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA Este debería ser siempre el primer paso cuando la empresa incumple sus obligaciones o comete alguna infracción: intentar buscar una solución dentro de la propia empresa, comunicando la situación a los órganos de representación legal de los trabajadores: el comité de empresa, los delegados sindicales y los delegados de empresa.
Una de las principales funciones de los representantes de los trabajadores es la de velar por que se cumplan las normas en materia de derechos laborales y para eso la ley les concede una especial protección frente al empresario, además de contar en muchos casos con el respaldo y cobertura de organizaciones sindicales.
Los sindicatos, además, ponen en marcha sistemas para denunciar infracciones laborales, bien a través de las secciones sindicales o la representación legal de los trabajadores, incluso también el trabajador puede contactar directamente con el sindicato para denunciar lo que está ocurriendo en su empresa.
EL BUZÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORAL
Este “buzón” es una página web que el Ministerio de Empleo ha puesto en marcha para que cualquier ciudadano pueda notificar infracciones y conductas fraudulentas para que sean objeto de análisis y, en su caso, de investigación por la Inspección de Trabajo.
La principal característica de este sistema es que es totalmente anónimo, de modo que no es necesario dar ningún dato personal de quien hace la denuncia. La información que se envíe llegará a la Inspección de Trabajo, que lo analizará y si es necesario, pondrá en marcha los mecanismos de inspección. La desventaja de utilizar este sistema es que el trabajador o trabajadora no puede hacer un seguimiento de las actuaciones que ha realizado la administración y que en muchos casos estas no llegan a ponerse en marcha.
Para más información, visita el siguiente enlace: https://sindicalistasdecanarias.com/como-hacer-una-denuncia-anonima-en-el-buzon-de-la-inspeccion-de-trabajo-y-seguridad-social/
DENUNCIAR ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
La Inspección de Trabajo es un órgano de la administración para garantizar que se cumplan las leyes en materia de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.
La Inspección actúa de varias formas: por iniciativa propia, por petición de otros órganos administrativos o judiciales, o por denuncia de los ciudadanos.
En la web de la Inspección de Trabajo existe un procedimiento para denunciar el fraude laboral.Consiste en rellenar un formulario para enviar por escrito o por internet, pero siempre con identificación de la persona denunciante y con la garantía por parte de la Inspección de que se guardaría confidencialidad sobre el origen de la información. La ley que regula este mecanismo aún continúa vigente y es el único que puede considerarse realmente como una “denuncia”.
Para más información, visita el siguiente enlace: https://sindicalistasdecanarias.com/como-denunciar-ante-la-inspeccion-de-trabajo/
Toda la información (procedimiento, formularios, etc.) está disponible en la web de la Inspección de Trabajo: http://www.mitramiss.gob.es/itss/web/index.html
ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL
El trabajador o trabajadora también puede denunciar las infracciones de la empresa y reclamar sus derechos ante los Juzgados de lo Social, a través de la correspondiente demanda.
El primer paso para ello es presentar la llamada “Papeleta de conciliación laboral”, que en la mayoría de los casos es necesaria antes de demandar a la empresa y poner en marcha el proceso judicial.
En este punto, siempre recomendamos al trabajador o trabajadora que cuente con el asesoramiento de alguna organización sindical, abogado o abogada laboralista o graduado/a social.
EN CASO DE DUDA, ACUDE A SSCC
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