Se puede despedir a un trabajador o trabajadora estando de baja.
La baja médica no puede ser la razón del despido
Si estoy de baja ¿cómo me puedo enterar de que me han despedido?
Qué hacer si soy despedido o despedida estando de baja
Si estoy de baja y me despiden ¿puedo cobrar el paro?
Motivo del despido es la baja médica en sí: ¿es un despido improcedente o nulo?
¿Se puede despedir a un trabajador o trabajadora estando de baja?
Actualmente un trabajador o trabajadora puede ser despedido o despedida estando de baja, pero no por estar de baja.
La situación de baja no da al trabajador una protección blindada contra cualquier tipo de despido. Si realmente existen razones para un despido, se llevará a cabo esté de baja o no el trabajador o trabajadora. Ejemplos:
Ejemplo 1: Un trabajador, regresando a casa coge una pulmonía y le dan de baja médica durante 15 días. En ese periodo de tiempo la empresa descubre que el trabajador ha robado dinero de la caja. En esta situación, aunque se encuentre de baja médica, puede ser despedido disciplinariamente.
Ejemplo 2: Una empresa tiene pérdidas y decide reestructurar a plantilla eliminado un departamento completo mediante un despido por causas objetivas. El departamento lo forman 10 personas y dos de ellas están de baja médica, pero como forman parte del departamento, pueden ser despedidos igualmente.
En ambos ejemplos, los despidos se han producido por otras razones que no tienen que ver con la baja en sí, como son un despido disciplinario o un despido por causas objetivas. Por lo tanto, un trabajador estando de baja puede ser despedido. Lo que vamos a ver ahora es lo que la empresa no puede hacer.
La baja médica no puede ser la razón del despido
Recuerda: un trabajador puede ser despedido estando de baja si hay otras razones que lo justifiquen, pero el motivo del despido no puede ser la propia baja, sino otro admitido por la ley.
Es decir, que el estar de baja médica no es un motivo para despedir a un trabajador.
Esta es la teoría, ahora explicamos la realidad del día a día.
La realidad, sin embargo, es que muchas empresas no quieren tener a un trabajador en esta situación durante mucho tiempo, porque, aunque “el sueldo” del trabajador lo paga la Seguridad Social, ellas tienen que seguir pagando sus cotizaciones.
En estos casos, algunas empresas poco comprometidas deciden prescindir del trabajador que se encuentra en baja y buscar uno nuevo. Y rara vez admiten que el motivo de prescindir de sus servicios es la baja médica. Suelen alegar causas que no son ciertas para hacer el despido, normalmente se inventan un despido disciplinario.
Entonces, para defenderse el trabajador tendrá que demandar y conseguir demostrar que el motivo real y oculto del despido es la baja médica y no la falsa razón que ha utilizado la empresa. El problema en estos casos es que, llegada la demanda a los tribunales, lo máximo que consigue el trabajador es que se declare el despido como improcedente, con lo que es la empresa la que decide si readmitirlo o pagarle la indemnización y prescindir de sus servicios. Al final, echar a un trabajador en baja es cuestión solo de dinero (la indemnización del despido improcedente). Son muy pocos los casos en los que los tribunales consideran el despido nulo y obligan a la empresa a readmitir al trabajador despedido en baja.
Si estoy de baja ¿cómo me puedo enterar de que me han despedido?
Siempre es recomendable comunicar el teléfono móvil a la Tesorería General de la Seguridad Social, normalmente acudiendo a una oficina, para recibir los SMS informativos que envían cuando se es dado de alta y de baja en la Seguridad Social. De esta forma, si de repente una empresa da de baja a un trabajador en la Seguridad Social, aunque no se lo comunique el trabajador, este se podrá enterar.
La empresa siempre tiene la obligación de mandar una carta al trabajador con el despido. Cuando un trabajador está de baja, el método normal de notificar el despido es a través de un burofax. Siempre es recomendable recoger estos avisos, para estar notificado y poder defenderse.
En otras ocasiones la empresa puede pedir al trabajador que acuda a las oficinas de la empresa. En este caso, al estar el trabajador de baja no tiene porqué acudir a la empresa, sobre todo si acudir es incompatible con su estado de salud o su recuperación. La empresa debería de enviar el burofax, pero por si acaso no lo hace es recomendable, como hemos dicho, tener activo el servicio de SMS de la Seguridad Social.
Qué hacer si soy despedido o despedida estando de baja
Si no se está de acuerdo lo primero de ellos es prestar atención a los plazos. El plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles, no se tienen en cuenta sábados, domingos ni festivos y se empieza a contar desde que se está despedido ya que el hecho de estar de baja no paraliza el plazo para demandar.
Si no se ha recibido ninguna carta de despido, ni burofax, simplemente el SMS con la baja, habrá que actuar como si fuese un despido verbal y conviene enviar un burofax a la empresa solicitando una explicación e indicando que en el caso de que no haya contestación, se considerará que es un despido tácito.
Tanto si se ha recibido carta, burofax, como si no, el primer paso para reclamar contra el despido es presentar una papeleta de conciliación (en el mencionado plazo de 20 días).
Si estoy de baja y me despiden ¿puedo cobrar el paro?
Tras el despido o fin de contrato el trabajador continuará cobrando su Incapacidad Temporal (IT), pero hay dos casos distintos:
a) Si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral, cambia el importe de lo que se cobra por la IT. Ahora se le paga lo que le correspondería de prestación por desempleo. El pago lo hace el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o la Mutua.
b) Si la baja es por contingencias profesionales el trabajador seguirá cobrando lo mismo que le pagaban por la IT antes del despido (o fin de contrato) y hasta que le den el alta.
Cuando el médico le dé el alta, el trabajador ya se encontrará en situación legal de desempleo y podrá pedir el paro. Tiene 15 días hábiles para solicitar la prestación o el subsidio por desempleo.
Motivo del despido es la baja médica en sí: ¿es un despido improcedente o nulo?
La jurisprudencia española, tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional establece que, en el caso de un despido realizado durante una baja médica, si realmente la razón por la que la empresa despide al trabajador es la de encontrase en baja, estaríamos ante un despido improcedente.
Hasta ahora la jurisprudencia es clara en este punto. En diciembre de 2016 el Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona (Proc. 1219/2014) dictó una sentencia en el cual declaraba que el despido de un trabajador por estar de baja suponía motivo de discriminación y en consecuencia el despido debería ser considerado como un despido nulo, basándose en una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (2).
La sentencia del Tribunal Europeo se fundamenta en el accidente de trabajo que sufrió el trabajador, del cual derivó una baja médica prolongada, dejando secuelas y considera que esta situación se puede considerar similar a una discapacidad y en consecuencia un despido por este motivo sería discriminatorio. Sin embargo, esta sentencia del Juzgado de lo Social fue recurrida y posteriormente el Tribunal Supremo ha vuelto a ratificar que el despido por estar de baja es improcedente y no nulo. (últimos párrafos vía https://loentiendo.com/)
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