Lo primero de todo, es saber ¿qué es el Buzón de lucha contra el fraude laboral o el Buzón anónimo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social?
Este buzón es un medio, modo o manera de uso únicamente por internet, en el que la persona denunciante no tendrá que aportar ningún dato personal (comunicación totalmente anónima), en donde se comunica (o denuncia) conductas de fraude laboral (el buzón solo recogerá información sobre las presuntas irregularidades de las que se tenga conocimiento) y así sean investigadas por las Direcciones Provinciales de la Inspección de Trabajo.
Este Buzón está disponible en la web del Ministerio de Empleo https://oeitss.mites.gob.es/buzonitss/
Su utilización, es relativamente sencilla, solo es rellenar los campos del formulario con los datos de la infracción laboral (nombre de la empresa, dirección e información adicional) y darle a enviar. Luego, la Inspección de Trabajo, los analizará y si ve indicios, habrá un procedimiento investigador.
En la siguiente imagen, es el modelo de formulario (vigente actualmente), el cual habrá o tendrás que rellenar (lo que está marcado con un asterisco, es obligatorio rellenarlo), y por supuesto, habrá que poner o facilitar, mientras más datos (de la infracción) mejor.
Hay que recordar que existe un manual (PDF) de la propia Inspección de Trabajo donde se explican los pasos a seguir para presentar la denuncia por Internet https://www.mites.gob.es/itss/ITSS/ITSS_Descargas/Atencion_ciudadano/Formularios/Inform_DENUNCITSS_.pdf
Al Pinchar en la imagen irás al Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Lo que hace la Inspección de Trabajo al recibir la denuncia anónima es clasificarlo en varios grupos, tal que así:
– Posibles actuaciones inspectoras. Éstas se distribuyen provincialmente y se envían a cada Inspección para que la Jefatura lleve a cabo las comprobaciones correspondientes y determine la procedencia o no de una actuación inspectora. Si se determina el inicio de actividad inspectora se incluirá en la programación anual de la Inspección.
– Comunicaciones que se remiten a otros organismos, por no ser competencia de la Inspección de Trabajo.
– Comunicaciones que se archivan, al carecer completamente de fundamento.
– Comunicaciones incompletas, falta de datos.
No olvides, que hay otros medios, vías o maneras de denunciar las infracciones laborales ante la Inspección de Trabajo, para más info https://sindicalistasdecanarias.com/como-denunciar-ante-la-inspeccion-de-trabajo/
Recuerda, toda esta información tiene un carácter orientativo. Corrobore siempre en los Boletines Oficiales, legislación laboral de España, Servicios de información de las Administraciones Públicas o con su asesor legal.
Referencias:
Comentarios (Sin respuestas )
Aún sin comentarios.